jueves, 7 de marzo de 2013

Cobro de Dietas

Propuesta Grupo Socialista a debatir próximo Pleno


D. Fernando Salvador Tolosana, Portavoz del Grupo Socialista en el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén, al amparo de lo dispuesto en el artículo 122 de la Ley de Administración Local de Aragón, desea presentar al Pleno, para su debate y votación en la próxima sesión del Pleno que se convoque, la siguiente

Propuesta de resolución:

Una democracia sana requiere de unos cargos públicos que den muestra permanente de honradez, transparencia y austeridad. Requiere, por tanto, de una dignificación permanente de la vida pública que pasa por transmitir al ciudadano que la función de servicio público es el único objetivo de quien se dedica a la política.

En el ejercicio de su responsabilidad pública, nadie debe utilizar su cargo para nada que no sea el servicio a los ciudadanos. Por eso, en una situación como la que estamos atravesando, con una severa crisis económica y un grave problema de desempleo, la limpieza y transparencia de los cargos públicos es más obligada si cabe.

En el momento presente, una de las cuestiones que suscita más controversia entre los ciudadanos es la referida a las retribuciones de los cargos políticos, las cuales, por falta de transparencia a veces, la sociedad las juzga en muchos casos inapropiadas.

Por ello, el Grupo Socialista propone al Pleno del Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén la adopción de los siguientes:

ACUERDOS:

1.- Instar a los miembros de la corporación municipal que formen o puedan formar parte del personal eventual de otras instituciones u organismos públicos (a partir de la condición de “administrativo”) o que se encuentren en régimen de dedicación exclusiva o parcial por el desempeño de cargos públicos de elección directa o indirecta en cualquier Administración Pública distinta de este Ayuntamiento, a que renuncien a la percepción de cualquier retribución por asistencias a órganos municipales de los que forman parte en este consistorio o en las instituciones en las que participen en representación del mismo..

2.- Instar a que todos los miembros de la corporación que estén en régimen de dedicación exclusiva o parcial y siendo su asignación económica superior a la categoría base de “administrativo” no perciban añadidamente ninguna compensación económica por su asistencia a sociedades, patronatos, fundaciones o cualquier otro tipo de organismo/institución de carácter público o privado del que formen parte por su condición de cargo electo, siendo igualmente de aplicación este apartado para todo el personal eventual que trabaje o pueda trabajar en las distintas administraciones públicas e institucionales a partir de la condición de Administrativo.

3.- Notificar este acuerdo a todas las administraciones afectadas.

4.- Aprobar un Código de Buena Conducta en el que se contemplen, entre otras, las medidas indicadas en los acuerdos nº 1 y nº 2, o adherirse, si resulta más completo, el que apruebe la Diputación Provincial de Zaragoza para su aplicación a los cargos del Ayuntamiento.

Zaragoza, __ de Marzo de 2013.




Fernando Salvador Tolosana

Consejo Escolar

Propuesta Grupo Socialista a debatir próximo Pleno


FERNANDO SALVADOR TOLOSANA, JESÚS CONSEJO CABEZA Y ANA ISABEL CEAMANOS LAVILLA, todos ellos miembros del Grupo Municipal del Partido Socialista Obrero Español en el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén,

A LA SRA. ALCALDESA, realizan la siguiente


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


El Consejo Escolar Municipal es un órgano de consulta, asesoramiento y participación de los sectores afectados en la programación de la enseñanza no universitaria dentro del ámbito municipal.

El marco legal en el que se basa su creación es, fundamentalmente el siguiente:
- Art. 27 de la Constitución Española de 1978.
- Arts. 21, 73, 75 y 77 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
- Art. 35 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
- Art. 8 y Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Ley 5/1998, de 14 de mayo, de Consejos Escolares de Aragón.
- Decreto 44/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone la aprobación del Reglamento de la Ley de Consejos Escolares de Aragón.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, artículos 4.1.a), 20.3, 25.2.n) y 69.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre (R.O.F.) en su art. 130 sobre Consejos Sectoriales.

La Ley 5/1998, de 14 de mayo, de Consejos Escolares de Aragón establece que: “Se constituirán Consejos Escolares Municipales en aquellos municipios que dispongan de dos o más centros de enseñanza financiados con fondos públicos.” Estos Consejos Escolares Municipales deberán regirse, además de la legislación enunciada anteriormente, por un Reglamento propio, aprobado por el Pleno Municipal y superada toda la tramitación ordinaria, aprobado definitivamente y publicado en los medios oficiales que correspondan.

De acuerdo con esta premisa, el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén realizó, en 2011, los trámites oportunos para que se aprobara definitivamente este Reglamento y con fecha 9 de Noviembre de 2011 fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza.

Este grupo municipal cree que existen en nuestro municipio varios temas importantes en materia de educación que deberían ser tratados en el Consejo Escolar Municipal. Las funciones que la ley otorga a los Consejos Escolares Municipales son absolutamente acordes con estos temas pendientes de resolución y citaríamos solamente algunos de ellos: Construcción del Instituto de Secundaria para la margen izquierda, solución de los problemas de la Sección del IES Itaca de nuestra localidad, en cuanto a espacios y financiación, por ejemplo, la no convocatoria de ayudas para comedor escolar ni material este curso lectivo, necesidades de ampliación de uno de los colegios de la localidad, etc.

A día de hoy todavía no ha sido constituido el Consejo Escolar Municipal, pese a que hace ya un año que se solicitó a los distintos órganos y miembros de la comunidad educativa y municipal componentes del Consejo, para que nombraran a sus representantes. El motivo aducido por la Sra. Alcaldesa de que no ha sido constituido hasta el momento porque uno de los grupos políticos municipales no había designado su representante nos parece, cuanto menos, una mera excusa. Si un grupo político no ha designado su representante en un año no debería ser problema para que el resto de los miembros del consejo pueda constituirse y comenzar a participar en la vida educativa de nuestro municipio y sólo demuestra la falta de interés de ese grupo por la educación y sus problemas.

Con la no constitución del Consejo se está incumpliendo la ley, bien sea por negligencia, bien por falta de interés o bien por no querer hacer partícipes a los ciudadanos en la vida pública, y en este caso, educativa, de nuestro municipio.

Además es el sistema que la Ley contempla para poder hacer partícipes a todos los estamentos de las problemáticas que se dirimen en los centros educativos y se conoce de primera mano los problemas que puedan existir y la búsqueda de diferentes soluciones o acuerdos.

Por todo ello, este Grupo Municipal Socialista formula a la Sra. Alcaldesa el siguiente

R U E G O

Que, sin más dilación, convoque y constituya el Consejo Escolar Municipal para que pueda participar activamente en las políticas educativas de La Puebla de Alfindén, y permita la total integración de todos los representantes educativos e institucionales, asegurándose cuanto menos un dialogo abierto para poder buscar las soluciones que ayuden a mejorar la esfera educativa en nuestro municipio.

La Puebla de Alfindén, 20 de febrero de 2013








Fernando Salvador Tolosana. Jesús Consejo Cabeza. Ana I. Ceamanos Lavilla

Estado Económico Ayuntamiento y Transparencia

Propuesta Grupo Socialista a debatir en próximo Pleno


FERNANDO SALVADOR TOLOSANA, JESÚS CONSEJO CABEZA y ANA ISABEL CEAMANOS LAVILLA, Concejales del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de La Puebla de Alfinden, al amparo de lo dispuesto en el articulo 122 de la Ley de Administración Local de Aragón, desea presentar al Pleno, para su debate y votación en la próxima sesión del Pleno que se convoque, la siguiente



MOCIÓN:


En el Pleno del mes de Septiembre de 2012, el PAR presentó una moción al Pleno, que fue aprobada para que se emitiese un informe económico actualizado para conocer la situación económica del Ayuntamiento. Ese mismo informe debía ser entregado a la Comisión de Hacienda para su estudio y discusión y así lo atestiguó la Sra. Concejala de Hacienda. Han sido convocadas varias Comisiones de Hacienda posteriormente y, a fecha de hoy, aquel informe sigue sin ser presentado.

Igualmente, las Cortes de Aragón y otras instituciones públicas aragonesas, han acordado aplicar medidas de transparencia en las cuentas públicas para que puedan ser conocidas, no sólo por los parlamentarios, sino por el público en general.

Este grupo municipal cree que cualquier medida que pueda tomarse que aumente y garantice la transparencia de la labor que se desarrolla por parte de los representantes políticos elegidos democráticamente es beneficiosa para la sociedad en su conjunto.

Por ello y para garantizar una mayor transparencia dentro del ámbito económico y social en el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén se propone adoptar las siguientes medidas:

1º.- La elaboración de un informe económico actualizado de los estados de gastos y previsiones de ingresos del Ayuntamiento, informe que deberá ser realizado en el plazo máximo de un mes, entregado a los miembros de la Comisión de Hacienda, donde se presentará para su estudio y será publicado al mismo tiempo en la web municipal, con envío de la noticia a los destinatarios de correo incluidos en las “Alertas correo web” y en el próximo boletín municipal de “La Puebla Alfin”.





2º.- Que, a los efectos de poder mantener un seguimiento constante y periódico de los pagos municipales, se elabore un informe de morosidad con periodicidad mensual, que será entregado vía Comisión de Hacienda como máximo dentro del mes siguiente al que haga referencia y que será publicado al mismo tiempo en la web municipal, con envío de los mismos a los destinatarios de correo incluidos en las “Alertas correo web” y en el boletín municipal de “La Puebla Alfin” que se edite.

3º.- Publicar mensualmente en la página web municipal la misma información acordada en las Cortes de Aragón sobre las cuantías percibidas por los cargos electos en relación con su función como tales en el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén y aquellas que pudieran percibirse por la pertenencia a otras instituciones, asociación, fundaciones, etc., a las que asistan como representantes del mencionado Ayuntamiento.

4º.- Publicar mensualmente en la página web municipal toda la información sobre contratos de obras, servicios o suministros realizados por el Ayuntamiento de la Puebla de Alfindén, incluidos los contratos menores y los tramitados por vía de urgencia, incluyendo los pliegos de cláusulas que hayan regido dichos contratos, precio de licitación, importe de adjudicación y nombre de la empresa o persona física adjudicataria de dicho contrato,

5º.- Publicar mensualmente en la página web municipal toda la información referida a subvenciones que haya podido otorgar el Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén, incluyendo entidad beneficiaria, importe solicitado, importe concedido y tipo de subvención.

La Puebla de Alfindén, 27 de febrero de 2013







Fernando Salvador Tolosan. Jesús Consejo Cabeza. Ana I. Ceamanos Lavilla